Mirador Virtual Mobile

Fue a buscar el auto secuestrado con documentación trucha: tenía pedido de captura por explotación sexual

Durante la tarde de este viernes, personal policial fue convocado al playón de tránsito municipal, ubicado en Libertad y Tandil, debido a que un sujeto intentaba retirar un vehículo con una «identidad falsa y documentación del todas apócrifa».

Una vez en el lugar, el personal policial se interiorizó que personal de tránsito había secuestrado un vehículo marca Citroen modelo C3 por «falta total de documentación». En las últimas horas, su titular había concurrido a retirarlo pero al momento de constatar la documentación presentada con la numeración del rodado, detectaron que estaba adulterada, indicaron las fuentes policiales consultadas por El Marplatense.

Ya con el personal policial en el lugar se logró dar con el dominio real del vehículo, el cual al ser cursado por informática arrojó como resultado un «pedido de secuestro activo», solicitado en la provincia de Córdoba.

Seguidamente, el conductor no manifestó su identidad correcta, ya que «no coincidía al momento de consultarlo en la capa informática». Ante este hecho, los efectivos procedieron a la aprehensión del hombre y se lo identificó correctamente. Resultó ser un sujeto de 42 años y presentaba «una captura activa con fecha de alta 09/04/2019 solicitado por el Juzgado Federal de San Luis por infracción ley 26.364 ‘Prevención y Sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas». Se trata de una causa en la que estaba acusado de «ejercer violencia física psicológica, de drogar y explotar sexualmente a una joven de 28 años, quien comenzó siendo su pareja», detallaron fuentes judiciales a este portal de noticias.

«Este sujeto se encontraba evadido de la Unidad Penal de San Luis», resaltaron las mismas fuentes. Intervino la fiscalía de Flagrancia, la Dr. Amavet dispuso que se notifique al aprehendido de la formación de causa por el delito de «encubrimiento» y que sea alojado en la Unidad Penal 44.

El sujeto detenido estuvo implicado en un tremendo caso de explotación sexual, violencia y amenazas que se ventiló en la Justicia Federal de San Luis, en donde fue condenado a cinco años de prisión por someter a su pareja.

El hombre condenado llegó al banquillo de los acusados admitiendo los cargos en su contra, y accedió a un juicio abreviado que alivió un tanto su situación. El hombre estaba acusado de maltratar a su pareja, de 28 años, a quien durante años golpeó, amenazó y hasta llevó a otras provincias a prostituirse. Según el fallo del tribunal de San Luis, en una oportunidad la joven apretó el botón antipánico en un hotel de Mendoza.

Además, de las declaraciones testimoniales surge que la mujer estuvo en Buenos Aires y Córdoba. A todos estos lugares llegó para ser víctima de hechos sexuales, por los cuales el sospechoso lograba un rédito.

Este hombre tenia prohibición de acercamiento hacia ella por denuncias de violencia de género, sin embargo, no respetaba las medidas de restricción y se la llevaba bajo amenaza. En alguno de los viajes hasta la hizo robar, tal cual refleja la investigación.

Con la ayuda de su familia hizo la denuncia, aunque luego de eso siguieron los ataques en busca de venganza. Detenido desde el 2017, logró acordar un juicio abreviado-admite las acusaciones a cambio de una pena no tan severa-, y recibió 5 años de condena, sobre delitos que contemplan de 4 a 8 años de prisión.

El imputado fue juzgado por el artículo 145 bis del Código Penal, que prevé penas para el que ofreciere, captare, trasladare, recibiere o acogiere personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países, aunque mediare el consentimiento de la víctima.

Específicamente se le aplicaron los incisos 1 (cuando mediare engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, o concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, y el 6 (cuando el autor fuere ascendiente, descendiente, cónyuge, afín en línea recta, colateral o conviviente, tutor, curador, autoridad o ministro de cualquier culto reconocido o no, o encargado de la educación o de la guarda de la víctima): Todo esto en el marco de la Ley 26.842 de Trata de Personas.

FUENTE: El Marplatense

Comentarios

comentarios