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La AFIP otorga más tiempo para acceder a la moratoria y a la condonación de deudas

La Unión del Comercio, la Industria y la Producción de Mar del Plata (UCIP) informó que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) resolvió otorgar más tiempo para que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios previstos en la ley de Alivio Fiscal.

La adhesión a la moratoria podrá realizarse hasta el 29 de abril, mientras que la solicitud para la condonación de deudas estará habilitada del 1° al 18 de abril. Asimismo, el organismo extiende el plazo hasta el 18 de abril para que los contribuyentes cumplidores puedan acceder a beneficios.

El organismo definió dar más tiempo con el objetivo de que más contribuyentes puedan acceder a las herramientas. La extensión de los plazos está prevista en la Resolución General 5181 que será publicada en el Boletín Oficial.

Condonación de deudas: El nuevo plazo para acceder al perdón fiscal será del 1° al 18 de abril. La condonación de deudas pueden solicitarla entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias. También abarca deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPyME.

Para ingresar su solicitud deberán ingresar a la página web de la AFIP, dentro del servicio “Condonación de deudas – Título I – Ley 27.653” con clave fiscal nivel de seguridad 3. En caso de que la AFIP detecte inconsistencias o la falta de alguno de los requisitos necesarios para acceder al beneficio, las y los contribuyentes podrán manifestar su disconformidad hasta el 18 de abril.

Moratoria: La adhesión al plan de regularización está habilitada hasta el 29 de abril. El plan de facilidades de pago permite solicitar el beneficio por deudas impositivas, aduaneras o de la seguridad social, incluidos intereses, multas y demás sanciones firmes relacionadas, vencidas al 31 de agosto de 2021.

Contribuyentes cumplidores: Los contribuyentes cumplidores tendrán tiempo hasta el 18 de abril para acceder a los distintos beneficios establecidos en la ley de alivio fiscal. Los monotributistas podrán acceder a la eximición del componente impositivo del pago mensual que se efectuará a partir del período fiscal mayo de 2022.

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