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AFIP sube el piso de ingresos para la declaración informativa de Ganancias y Bienes Personales

Mediante la Resolución 4493/2019, el organismo elevó a $ 1.500.000 el importe a partir del cual empleados en relación de dependencia, jubilados y pensionados deben presentar la DDJJ. Antes lo hacían a partir de $ 1 millón.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó el piso de los ingresos brutos anuales a partir del cual, los empleados en relación de dependencia y los jubilados deben cumplir con el régimen de información por los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales.

Mediante la Resolución General 4493/2019, el organismo llevó desde $ 1.000.000 a $ 1.500.000 el importe a partir del cual los sujetos comprendidos en las previsiones de la citada norma deberán informar el detalle de los bienes al 31 de diciembre de cada año.

La norma explica en sus considerandos que la decisión se tomó por «razones de administración tributaria» y añade que la DDJJ informativa podrá ser elaborada mediante la opción «Régimen Simplificado» del servicio «Ganancias Personas Humanas – Portal Integrado», en el caso de los contribuyentes que hubieran obtenido en el año fiscal rentas financieras.

«La RG sube el mínimo a partir del cual es obligatorio para los empleados en relación de dependencia, jubilados, pensionados (entre otros) presentar las DDJJ informativas de Ganancias y Bienes Personales, que pasa a ser de $ 1,5 millones.», confirmó Sergio Biller, de González Fischer & Asoc., en diálogo con El Cronista.

«Otro dato es que si superás ese tope, podés hacerlo mediante el régimen simplificado de presentación. El beneficio de poder hacer una DDJJ informativa es que no tenés que hacer una justificación patrimonial y es más simple. Por otra parte, es positivo que se suba el piso porque hay menos contribuyentes obligados a presentar dicha declaración. El año pasado hubo inflación alta y con los aumentos de sueldo cada vez
más empleados caían dentro de esta requisitoria», añadió el tributarista.

«La resolución también aclara -dijo Biller- que si el contribuyente tiene renta financiera, por las declaraciones juradas anexo puede presentar la DDJJ de renta cedular financiera y además, si está obligado, la DDJJ simplificada de Ganancias y Bienes. Esto se presumía obvio pero ahora lo aclara taxativamente la RG»

Fuente: https://www.cronista.com

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