Para los jueces, Johanna Alexis Gianonne habría incurrido en un delito al desdecirse de todo lo declarado en al etapa de instrucción.
En el fallo que condenó a los cuatro integrantes de la denominada «banda del millón», el Tribunal Oral en lo Criminal Nº3 solicitó ordenó denunciar a una testigo clave del juicio por falso testimonio. Se trata de una mujer que durante la instrucción inculpó a los cuatro condenados y en juicio se desdijo asegurando que había sido presionada por la policía.
La decisión de los jueces Fabián Luis Riquert, Juan Manuel Sueyro y Federico Wacker Schroder alcanzó a Johanna Alexis Gianonne, la mujer que protagonizó un momento sinigual en el juicio a los cuatro miembros de la banda del millón, cuando se desdijo de lo dicho durante la etapa de instrucción y denunció que había sido presionada por los investigadores.
Gianonne había declarado durante la instrucción de la causa como testigo encubierto. La mujer, que en aquel entonces era pareja de uno de los integrantes de la banda que fue condenado en un juicio abreviado, brindó datos esenciales para esclarecer los hechos y establecer quienes conformaban la asociación ilícita.

Sin embargo en la segunda audiencia del debate, la testigo se desdijo de todo lo declarado. Visiblemente nerviosa, aseguró que había sido presionada por uno de los policías que llevó adelante la investigación y cambió por completo su primer testimonio. La actitud de la mujer fue parte de la argumentación que utilizaron los defensores para echar por tierra con la acusación y aspirara a una absolución.
«La banda del millón» fue declarada culpable hoy a la mediodía por el TOC Nº3. Los jueces resolvieron condenar a Mauricio Di Norcia a una pena de 4 años y 6 meses de prisión por ser coautor penalmente responsable de los delitos de asociación ilícita, robo cometido en poblado y en banda, con efracción y con el uso de llave verdadera sustraída.
Ricardo Soteris, en tanto, fue encontrado responsable de los delitos de asociación ilícita y hurto con el uso de llave verdadera sustraída o falsa. Lo condenaron a cinco años de prisión.
En el caso de Matías Lowing los jueces entendieron que hubo pruebas para considerarlo responsable de los delitos de robo cometido en poblado y en banda y con el uso de llave falsa y fue condenado a 4 años de prisión. Por último, el quinto integrante, Federico André fue hallado culpable por robo cometido en poblado y en banda, con efracción y con el uso de llave verdadera sustraída y recibió una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y reglas de conducta.
Los cuatro condenados llegaron al juicio en libertad y continuarán así hasta que el fallo quede firme. No obstante, los defensores decidieron apelar la decisión de los jueces y recurrir al Tribunal de Casación.
Fuente: Mi8






