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La cocaína, la heroína, el cannabis o el éxtasis ya no son sustancias dopantes

La nueva lista de productos y métodos prohibidos, tanto en competición como fuera de ella, elaborada por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), ha entrado en vigor con la entrada del nuevo año. El código actualizado recoge que las drogas recreativas, como pueden ser la cocaína, el cannabis, el éxtasis o la heroína pasan a ser consideradas «sustancias de abuso» y no dopantes, lo que supondrá una reducción sustancial del periodo de inhabilitación del deportista siempre que el positivo se detecte fuera de competición y se demuestre que no guarda relación con su rendimiento deportivo.

Inhabilitación entre uno y tres meses

El nuevo codigo identifica la cocaína, la diamorfina (heroína), la metilendioximetanfetamina (MDMA/»éxtasis») y el tetrahidrocannabinol (THC) como sustancias de uso indebido en la Lista 2021. De esta forma, si un deportista puede demostrar que el uso de cualquiera de estas cuatro sustancias no estaba relacionado con el rendimiento deportivo, la suspensión impuesta será ahora de tres meses y podrá reducirse a uno si el deportista completa un programa de rehabilitación de drogas. Así se especifica en el Artículo 10.2.2 del Código Mundial Antidopaje. Por lo tanto, las drogas recreativas seguirán siendo consideradas sustancias prohibidas, pero el castigo será menor si no guarda relación con el rendimiento deportivo.

«Si el deportista puede demostrar que cualquier ingesta o uso ocurrió fuera de competición y no guardaba relación con el rendimiento deportivo, el periodo de inhabilitación será de tres meses. Asimismo, el periodo de inhabilitación antes previsto podrá reducirse a un mes si el deportista u otra persona demuestra que ha seguido de manera satisfactoria un programa contra el uso indebido de sustancias aprobado por la organización antidopaje encargada de la gestión de resultados».

Transfusiones y/o inyecciones intravenosas

Otra novedad establece que las transfusiones y/o inyecciones intravenosas de más de un total de 100 ml por período de 12 horas, salvo las recibidas legítimamente en tratamientos hospitalarios, procedimientos quirúrgicos o investigaciones de diagnóstico clínico, se han clasificado ahora como métodos prohibidos «especificados». Esto significa que el deportista puede recibir una sanción reducida si se puede demostrar que este método no se utilizó con fines de dopaje.

La Agencia Mundial Antidopaje recuerda a los interesados que, a partir de hoy, han entrado en vigor el Código Mundial Antidopaje de 2021 (Código); normas internacionales (Normas); y la Ley de derechos de los deportistas contra el dopaje (Ley). Los documentos, que fueron objeto de un proceso de consulta de dos años con los interesados, fueron aprobados el 7 de noviembre de 2019 durante la Conferencia Mundial sobre el Dopaje en el Deporte de la Agencia, celebrada en Katowice (Polonia).

Igual de estrictos cuando su uso está vinculado al rendimiento

«Además de armonizar y coordinar los programas de lucha contra el dopaje en todo el mundo, su finalidad es proteger el derecho fundamental de los deportistas a participar en un deporte sin dopaje y promover la salud, la equidad y la igualdad para los deportistas de todo el mundo. Estoy convencido de que, al reforzar nuestros esfuerzos como comunidad antidopaje unida, este nuevo Programa nos ayudará a impulsar un mayor progreso para los atletas y el deporte en todo el mundo«, dice el director general de la AMA, Olivier Niggli, en el comunicado emitido por la agencia.

El objetivo es proteger el derecho fundamental de los deportistas a participar en un deporte sin dopaje y promover la salud, la equidad y la igualdad para los deportistas de todo el mundo»

El hecho de que algunas drogas como la cocaína no influyan directamente en el rendimiento del deportista no ha impedido que algunos países se muestren preocupados por esa rebaja considerable de la inhabilitación, que se mantiene igual de implacable en el nuevo código para sustancias sí estrechamente vinculadas a la práctica deportiva.

Aplazamiento de prohibiciones a 2022

La AMA ha decidido aplazar de 2021 a 2022 la prohibición en periodo de competición de las inyecciones de glucocorticoides por cualquier vía. De este modo, argumenta la Agencia, durante 2021 los deportistas y el personal médico tendrán tiempo de «comprender mejor la aplicación práctica de los ‘periodos de lavado’ (tiempo necesario para eliminar el efecto de un tratamiento)», y evitar así positivos «inadvertidos».

La prohibición a partir de 2022 incluirás las inyecciones de gluococorticoides por vía intravenosa, intramuscular, periarticular, intraarticular, peritendinosa, intratendinosa, epidural, intratecal, intrabursal, intralesional (por ejemplo, intracelular), intradérmica y subcutánea.

Fuente: Marca

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