Estas actividades deberán permanecer suspendidas hasta que se realice una evaluación de impacto ambiental ante la autoridad nacional competente, salvo que el juzgado disponga otra medida.
La jueza federal de Rio Gande, Mariel Borruto, dictó una medida cautelar por la cual ordenó a las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited frenar el avance del proyecto petrolero Sea Lion, ubicado al norte de las Islas Malvina, lo que alcanza las perforaciones, las instalaciones submarinas y el inicio de la extracción comercial de hidrocarburos.
La resolución establece que las compañías deberán abstenerse de “iniciar, continuar, ejecutar o hacer ejecutar actos materiales de ejecución” del emprendimiento, incluidas sus ampliaciones y los pozos e instalaciones que estén funcionalmente vinculados con el proyecto.
El fallo surgió a partir de una presentación realizada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados, Abogadas y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA).

La prohibición comprende la perforación del lecho y subsuelo marino, la instalación permanente de infraestructura submarina, el tendido de conductos, líneas de flujo y sistemas de control. También alcanza a las unidades flotantes destinadas a la producción, almacenamiento y descarga de petróleo.
La medida incluye además obras terrestres y portuarias relacionadas con el proyecto. Entre ellas aparecen ampliaciones y cemento, depósitos de productos químicos e infraestructura destinada al alojamiento y al apoyo aeronáutico.
Estas actividades deberán permanecer suspendidas hasta que se realice la evaluación de impacto ambiental ante la autoridad nacional competente, salvo que el juzgado disponga posteriormente otra medida.
Borruto consideró que el proyecto ya había superado la etapa inicial de planificación. Para fundamentarlo, tomó en cuenta la Decisión Final de Inversión adoptada en diciembre de 2025, la ampliación prevista hacia un pozo cercano y las contrataciones relacionadas con una unidad flotante de producción, almacenamiento y descarga y con equipos de perforación.
La jueza sostuvo que “el riesgo no es hipotético ni remoto” y señaló que esperar a que finalicen las intervenciones podría dificultar una eventual decisión judicial.
Sin embargo, el fallo aclara que la medida cautelar no significa que se haya comprobado la existencia de un daño ambiental. “No se afirma que el daño ambiental invocado se producirá, ni ello podría afirmarse en este estado del proceso”, precisó Borruto.
La magistrada basó parte de su decisión en un informe de la Dirección de Evaluación de Impacto Ambiental de la Subsecretaría de Ambiente, fechado el 24 de febrero de 2026. Según ese documento, no se había presentado “ningún aviso de proyecto” ni se había iniciado una evaluación de impacto ambiental con las empresas demandadas.
La presentación judicial también planteó posibles impactos vinculados con el desarrollo de 23 pozos: 16 productores de petróleo, seis de inyección de agua y uno de inyección de gas. El expediente menciona, entre otros aspectos, posibles alteraciones del lecho marino, contaminación química, ruido submarino, tránsito marítimo, emisiones y eventuales derrames.
Además de suspender las obras, la jueza ordenó a Rockhopper y Navitas presentar en diez días judiciales una declaración jurada con información sobre el estado actual del emprendimiento.
Deberán informar el cronograma de construcción, perforación, instalación y comienzo de la explotación; la cantidad y ubicación de los pozos; las unidades flotantes y equipos contratados; y los principales contratistas y subcontratistas.

También deberán aportar información sobre la estructura societaria del proyecto, sus fuentes de financiamiento, desembolsos, aseguradoras y estudios ambientales, análisis de riesgo, modelizaciones de derrames y planes de contingencia.
La resolución exige además preservar la documentación técnica, ambiental, societaria, contractual, financiera y asegurativa relacionada con Sea Lion.
Otra investigación avanza en Comodoro Py
En paralelo, el Juzgado Federal N° 11 de Comodoro Py impulsó una investigación penal contra Desire Petroleum Limited a partir de un requerimiento del fiscal federal Carlos Stornelli.
La causa busca determinar si hubo actividades de exploración o explotación de hidrocarburos en áreas cercanas a las Islas Malvinas sin autorización argentina. La denuncia había sido presentada por la Cancillería, a cargo de Pablo Quirno, con asistencia de la Procuración del Tesoro, conducida por Sebastián Amerio.
El expediente incluye pedidos de información a organismos nacionales y un exhorto al Reino Unido para obtener datos societarios de Desire Petroleum y antecedentes sobre posibles licencias hidrocarburíferas. También se solicitó información sobre el denominado grupo Rockhopper.
Ambos expedientes avanzan por vías diferentes: el de Río Grande tiene carácter civil y ambiental preventivo, mientras que el de Comodoro Py es una investigación penal destinada a reunir pruebas. Ninguna de las dos causas resolvió todavía el fondo de las cuestiones planteadas.
Fuente: Diario popular






