La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización de varios productos alimenticios.
Mediante la Disposición 133/2019, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), prohibió la comercialización de varios productos alimenticios.
La medida establece que se prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional del producto rotulado como “Orégano” marca La Parmesana, RNPA 02-598243, RNE N° 02-033526, fecha de vencimiento: jun 2020, lote: 18JUN28.
El Departamento Control y Desarrollo del INAL realizó un análisis microscópico de la muestra oficial del producto en cuestión y detectó que es un “adulterado conforme al artículo 6 inc. 7 del Código Alimentario Argentino (CAA), por presentar hojas de olivo y otras hojas coriáceas en una proporción de materias extrañas mayor a la permitida”.
Por su parte, en la disposición 137/2019 se sostiene que se prohíbe también la comercialización en todo el territorio nacional de los productos “Leche descremada en polvo fortificada con calcio“, marca Latte, RNPA N° 21-109142 y “Leche entera en polvo fortificada con vitaminas A y D”, marca Latte, RNPA N° 21-092556, rotulados con leyenda y símbolo no oficial “Sin TACC”, elaborados por Industrias Sauve SA, Parque Industrial Sauce Viejo, Sauce Viejo, provincia de Santa Fe, RNE N° 21-112514.
Los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 155, 1383 y 1383 bis del CAA por carecer de autorizaciones de producto al consignar la leyenda Sin TACC y el símbolo facultativo de alimento libre de gluten, sin estar autorizados como tal, resultando estar falsamente rotulados y ser en consecuencia ilegales, según la disposición.
Vale recordar, que la ANMAT este martes, en el Boletín Oficial, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió golosinas, algunos productos médicos y varios cosméticos.
El organismo prohibió el producto “Golosinas” marca Yippi por falta de autorizaciones de establecimiento y de producto, lo que lo convierte en ilegal. Por su parte, la Anmat también prohibió el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de varios productos médicos.
Fuente: https://radiomitre.cienradios.com