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Proponen cárcel para quienes dejen encerrados a sus mascotas en autos o balcones más de 10 minutos

El bloque de concejales de Vamos Juntos presentó un proyecto ante el Concejo Deliberante que busca modificar la Ordenanza Nº 22.031, que establece prohibiciones generales para garantizar condiciones dignas de alojamiento y cuidado para las mascotas, y se da frente a la crecida en los casos de perros encerrados por sus dueños en autos o balcones sufriendo golpes de calor que pueden traer aparejados problemas de salud o hasta la muerte. Las sanciones podría incluir penas de cárcel para los responsables.

Específicamente, buscan la incorporación de nuevos apartados en el artículo número 13 de la norma, con el fin de prohibir la estadía de perros y gatos en terrazas, autos o balcones sin ventilación y sin protección de los factores climáticos como la lluvia, el frío o el calor por más de 10 minutos, dado que los profesionales especifican que 15 minutos bastan para perjudicar a los animales en esas condiciones.

El bloque de concejales de Vamos Juntos presentó un proyecto ante el Concejo Deliberante que busca modificar la Ordenanza Nº 22.031, que establece prohibiciones generales para garantizar condiciones dignas de alojamiento y cuidado para las mascotas, y se da frente a la crecida en los casos de perros encerrados por sus dueños en autos o balcones sufriendo golpes de calor que pueden traer aparejados problemas de salud o hasta la muerte. Las sanciones podría incluir penas de cárcel para los responsables.

Específicamente, buscan la incorporación de nuevos apartados en el artículo número 13 de la norma, con el fin de prohibir la estadía de perros y gatos en terrazas, autos o balcones sin ventilación y sin protección de los factores climáticos como la lluvia, el frío o el calor por más de 10 minutos, dado que los profesionales especifican que 15 minutos bastan para perjudicar a los animales en esas condiciones.

Para quienes incumplan la modificación de la ordenanza, se establecerán sanciones que podrían incluir hasta penas de arresto con un máximo de 15 días, tal como ya esta especificado en la norma para quienes incurran en el abandono de animales o su tenencia en condiciones que infrinjan normas sanitarias o de seguridad.

El articulo modificado establecería que los dueños de las mascotas deberán tener a consideración las nuevas prohibiciones que establecen, en primer lugar, que «los animales de compañía no podrán tener como alojamiento habitual balcones, terrazas ni vehículos, habitaciones sin ventilación o espacios que no garanticen la salud del animal, evitando además lugares sin luz o en condiciones climáticas inadecuadas. Solo se mantendrán sujetos en un lugar por causas justificadas y durante un espacio de tiempo limitado, previendo un sistema de sujeción que permita su movimiento, protegiéndolos de los factores climáticos excesivos, con un refugio adecuado contra lluvia, frío y calor».

Además, se prohibirá «dejar mascotas dentro de vehículos por más de 10 minutos, salvo que se aseguren condiciones adecuadas de bienestar animal, tales como suministro de agua, ventilación, aire acondicionado o temperatura controlada entre 13 y 26 grados Celsius», como es recomendado por profesionales.

En tanto, los dueños, poseedores y tenedores de perros, también tendrán prohibido que sus animales «deambulen sueltos en la vía pública y en lugares de uso público no habilitados para tal fin, quedando obligados al uso de correa, collar y bozal».

Por último, el texto que lleva la firma de Julián Bussetti establece también la prohibición para «tener animales molestos o peligrosos en lugares cerrados con libre acceso de público tales como hoteles, albergues, oficinas, servicios de sanidad y similares, así como en viviendas uni o multifamiliares».

fuente. mi8

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