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Revés para Obras Sanitarias: rechazaron su apelación por el aumento del 142,7% del agua y les ofrecen un plan de pago

La Cámara confirmó el fallo que anuló el incremento del 142,7% aplicado en enero y febrero de 2024 a los usuarios de General Pueyrredon.

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata confirmó el fallo que había declarado ilegítimo el aumento del 142,7% aplicado por Obras Sanitarias (OSSE) en las cuotas de enero y febrero de 2024. La decisión mantiene la obligación de devolver a los usuarios lo cobrado por ese incremento, aunque la sentencia todavía no está firme.

El caso fue iniciado por la Asociación de Defensa de Derechos de Usuarios y Consumidores, ADDUC, contra la Municipalidad de General Pueyrredon y Obras Sanitarias. El eje del planteo fue que el aumento se resolvió sin una audiencia pública previa ni una instancia eficaz de participación ciudadana.

Gabriel Martínez Medrano, abogado de la asociación, explicó en diálogo con Canal 8 que la Cámara confirmó una sentencia de primera instancia que resolvió anular el incremento dispuesto por la Municipalidad y por OSSE. Según señaló, ese aumento había sido cuestionado judicialmente por ADDUC “por no haber realizado la audiencia pública que es mandatoria, que es obligatoria a realizar antes de producir un aumento”.

La sentencia rechazó los recursos de apelación presentados por la Municipalidad y por OSSE, y confirmó el fallo anterior en cuanto fue materia de agravio. La Cámara también mantuvo el criterio de que las sumas abonadas por los usuarios deberán imputarse a futuras facturaciones del servicio, con pautas a definir en la etapa procesal correspondiente.

Cuándo podría definirse la devolución

Martínez Medrano aclaró que el proceso todavía puede continuar. “Tengo que aclarar que la empresa y la Municipalidad cuentan con la posibilidad, el derecho de presentar un recurso extraordinario ante la Suprema Corte de la Provincia en La Plata”, sostuvo.

Por eso, remarcó que la devolución no será inmediata. “No se va a devolver, en el caso de que termine el juicio y se gane, hasta tanto la sentencia quede firme, es decir, que no quede ningún recurso pendiente contra ella”, explicó el abogado.

El antecedente se vincula con una discusión que comenzó a fines de 2023, cuando ADDUC inició una demanda colectiva por el incremento de OSSE para enero y febrero. En diciembre pasado, el juzgado de primera instancia anuló el decreto que había autorizado la suba y ordenó retrotraer la situación tarifaria.

Ante la pregunta sobre cómo podría concretarse el reintegro, Martínez Medrano indicó que la discusión ya fue planteada en el expediente. Según explicó, OSSE sostuvo que una devolución podría afectar la continuidad de la empresa o del servicio, pero ADDUC respondió con el antecedente de un fallo de la Suprema Corte bonaerense.

Ese criterio, según detalló el abogado, permite pensar en un plan de pagos con condiciones. “El primer requisito es que no comprometa la prestación del servicio. El segundo requisito es que no comprometa la subsistencia de la empresa prestadora, porque en definitiva el remedio no puede ser peor que la enfermedad”, señaló.

El tercer punto, agregó, es que el monto no se licúe durante el proceso de devolución. “Que se mantenga una actualización para que el consumidor reciba un dinero que realmente represente una suma similar o equivalente a la que le fue cobrada ilegalmente”, afirmó.

La Cámara también hizo lugar al recurso presentado por ADDUC en otro aspecto: ordenó devolver las actuaciones a primera instancia para que el juez trate el pedido de una indemnización tarifada del 25%, prevista en la Ley de Defensa del Consumidor, sobre los montos cobrados indebidamente.

“En la Ley de Defensa del Consumidor se establece una multa, una indemnización suplementaria, que se adiciona al monto a devolver del 25% de este monto”, explicó Martínez Medrano. Ese punto puede ampliar el impacto económico del caso si el planteo prospera.

Después del fallo de primera instancia, OSSE había anticipado que apelaría la decisión que cuestionó el aumento aplicado en las primeras cuotas de 2024. Ahora, con el rechazo de la Cámara a los recursos de la empresa y del Municipio, la discusión queda abierta a una eventual instancia extraordinaria.

“Los consumidores estamos muy contentos de que entendemos que se ha hecho justicia. La sentencia es técnicamente impecable”, afirmó Martínez Medrano. De todos modos, insistió en que el juicio todavía puede tener nuevas instancias y que cualquier devolución dependerá de que la resolución quede firme.

Fuente: Mi8

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