Nuevamente la justicia dictó una medida cautelar a favor de un ingeniero que se negó a matricularse en el recientemente creado Colegio de Ingenieros Agrónomos y Forestales y solicitó seguir aportando a la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires por entender que se estaban vulnerando derechos adquiridos.
En esta oportunidad, el juzgado en lo Contensioso Administrativo N° 1 de La Plata entendió que la modificación “podría resultar regresiva de la situación previsional anterior a la entrada en vigencia de la nueva legislación (Ley 15.030), al cercenarle la posibilidad de obtener una prestación previsional en la Caja en la que aportó una considerable cantidad de años”.
Desde el Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires destacaron que la justicia se expresó en igual sentido que lo hiciera la institución profesional en su momento. En esta línea, el fallo judicial sostiene que “la ausencia de previsión legislativa acerca del destino de los aportes previsionales de los ingenieros agrónomos a partir de la creación de su nuevo colegio Profesional, no podría implicar sin más la imposibilidad de continuar los aportes a la CAAITBA, puesto que ello expondría una situación de desigualdad frente a otros profesionales de la ingeniería”.
La medida dictada por la justicia platense ordena “al Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires a mantener la matriculación del actor en su entidad; y a la Caja de Previsión Social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires a recibir los aportes previsionales pertinentes”.
Cabe destacar que esta medida se suma a la dictada, durante el mes pasado, por el Juzgado de Garantías Nº 5 a favor del ingeniero Patricio Carlos Laura que, además, planteó la inconstitucionalidad de la Ley Nº 15.030 que creó el nuevo colegio profesional.
Recordemos, también, que la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, en el mes de julio hizo lugar a un recurso presentado por el CIPBA para “suspender la transferencia de recursos al nuevo colegio porque la misma no se ajusta a derecho y hubiese representado un perjuicio para el conjunto de los matriculados del resto de las especialidades que verían mermado su patrimonio de forma injustificada”.






